Solicitud de ayuda para material escolar en el segundo ciclo de educación infantil, curso 2025-2026

Código: 
352
Presentación: 
Presencial
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Concesión de subvenciones a familias con escasos recursos para la adquisición de material educativo (libros de texto, fichas, estuches, mochilas, botella de agua y material de papelería), material educativo de juego para niños con determinadas dificultades (si lo solicita el centro escolar y/o con informe justificativo del colegio) para alumnado de segundo ciclo de educación infantil, matriculado en centros sostenidos con fondos públicos del municipio de Lugo. No se admitirá vestuario, juguetes, paraguas ni otros objetos ajenos a la actividad escolar.

PLAZO DE SOLICITUD: DEL 16 DE JUNIO AL 4 DE JULIO DE 2025

Personas beneficiarias

Las ayudas se concederán a las familias del alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

  1. La persona solicitante deberá estar empadronada en el Concello de Lugo. Esta situación se comprobará automáticamente a través de los datos obrantes en el Padrón de habitantes de esta administración.

  2. Haber presentado la solicitud de reserva de plaza o solicitud de admisión para un puesto escolar en el segundo ciclo de educación infantil en un centro sostenido con fondos públicos en el municipio de Lugo.

  3. La persona solicitante y su cónyuge deberán estar en posesión de DNI o NIE en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  4. No haber solicitado ni recibido subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para la misma finalidad y para los/as mismos/as beneficiarios/as.

  5. La renta familiar no podrá superar el 0,85 veces el valor del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2025.

Criterios de adjudicación

  1. Obtenerán la ayuda directamente sin necesidad de valoración:

    • Los/as menores en régimen de acogimiento y tutela, debidamente acreditado mediante Certificado de la Xunta de Galicia.

    • Cualquier otra situación excepcional que impida la valoración de la renta, acreditada por los servicios sociales de la Xunta de Galicia o del Concello de Lugo.

  2. Para el resto de las solicitudes, el único criterio de valoración será la cantidad de la renta per cápita anual familiar referida al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que para el año 2025 tiene un valor de 8.400,00 euros (14 pagas). La renta familiar no podrá superar el 0,85 veces el IPREM, es decir, 7.140,00 euros.

    • El procedimiento de adjudicación de la subvención comenzará por las familias de menor renta en orden creciente hasta el agotamiento de las 400 ayudas.

    • Si al llegar al último beneficiario de ayuda se produce un empate entre dos familias, se resolverá por sorteo.

    • Los niños y niñas para los que se solicita la ayuda con certificado de discapacidad igual o superior al 33% computarán por dos en la unidad familiar para el cálculo de la renta familiar.

DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ APORTAR CON ESTA SOLICITUD Y MÁS INFORMACIÓN DE AYUDA

Para formalizar la solicitud, la persona interesada deberá presentar la siguiente documentación:

  • a) Solicitud en Modelo 352 debidamente firmada.

  • b) Fotocopia del DNI/NIE de los progenitores o personas que representen legalmente al niño o niña.

  • c) Fotocopia del Libro de familia y/o Certificado de nacimiento de todos los menores que forman parte de la unidad familiar.

  • d) De ser el caso, copia de la resolución judicial (convenios reguladores o sentencias judiciales) o administrativa (certificados de acogimiento) por la cual se le confía la guarda y protección de los menores a la persona solicitante.

  • e) ANEXO I: Declaraciones responsables y autorización para que el Concello de Lugo obtenga datos relativos a la unidad familiar. Este Anexo I deberá ser firmado por:

    • Ambos progenitores en caso de que no exista separación.

    • Por el progenitor solicitante que constituya familia monoparental o tenga atribuida la custodia completa del menor por sentencia judicial o convenio regulador.

    • Por ambos progenitores en caso de separación con convenio regulador en el que se acuerde un régimen de custodia compartida.

    • En caso de que uno de los progenitores no resida en España, deberá presentar poder o documento judicial que acredite que el otro progenitor puede resolver cuestiones relativas al menor de forma individual.

La firma del Anexo I implicará las siguientes declaraciones responsables:

  • Declaración responsable de no haber solicitado ni recibido subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para la misma finalidad y para los mismos beneficiarios.

  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Concello de Lugo, así como en el cumplimiento de los requisitos exigibles para obtener la condición de beneficiario, compromiso de mantener esta situación durante todo el proceso y del derecho a la cobranza, y su acreditación ante el Concello cuando sea requerido, quedando obligado a comunicar cualquier variación de esta situación.

  • Declaración responsable de no estar incurso/a en prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de la subvención conforme lo establecido en el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Información:

A efectos de esta convocatoria, los miembros de la unidad familiar serán computados de acuerdo con la Ley 35/2006 de la renta de las personas físicas.

En caso de custodia compartida, la unidad familiar constará del niño/a y ambos progenitores, y solo podrá solicitarse la ayuda por uno de los progenitores.

En caso de presentar la solicitud en versión digital, el Anexo I deberá estar igualmente firmado por ambos progenitores.

Todas las listas, provisionales y definitivas, así como los requerimientos de subsanación, se publicarán en el tablero digital del Concello https://www.lugo.gal/portal/tablonanuncios.

IMPORTANTE:

Es necesario que los solicitantes consulten el tablero de anuncios digital del Concello de Lugo o que consulten el tablero físico situado en el 3º piso del Centro Sociocultural Uxío Novoneyra. Este será el único medio de notificación de todo el procedimiento. Se publicarán 4 listas:

  • Lista de solicitudes estimadas y desestimadas provisional. Se abre un plazo de diez días para subsanar errores.

  • Lista de solicitudes estimadas y desestimadas definitiva.

  • Lista de adjudicación de las ayudas provisional. Se abre un plazo de diez días para reclamaciones.

  • Lista de adjudicación definitiva.

Una vez finalizado este procedimiento, se establecerá el plazo de recogida de vales en las oficinas de educación del Concello de Lugo, previsiblemente en el mes de septiembre.

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Solicitud para la adquisición de material educativo 2025-2026

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