Bodas civiles

Instrucciones para la celebración de las bodas civiles en el Ayuntamiento de Lugo
 
Primero. Emplazamiento

Las celebraciones de las bodas civiles tendrán lugar en el local del Ayuntamiento debidamente habilitado.

Cuando tengan lugar en otros locales distintos de los que habían sido previamente habilitados, el Ayuntamiento, a través de los órganos competentes, y de acuerdo con lo determinado por la legislación de régimen local, se asegurará de que los locales donde se vaya a autorizar el matrimonio reúna las condiciones adecuadas de decoro y funcionalidad, de manera que estos resulten aptos para permitir celebrar los matrimonios.

Segundo. Días y horarios

Las bodas civiles tendrán lugar, de forma común, de lunes a viernes no festivos, de las 12:00 a las 14:00 horas, y el primer y tercer sábado hábil de cada mes, de las 11:30 a las 13:00 horas, y de manera extraordinaria el tercero sábado, de las 17:30 a las 20:00 horas.

Tercero. Solicitudes

  1. Los interesados contactarán a través del número de teléfono 982.297.194 con el Servicio de Asesoría Jurídica para reservar la fecha y hora del enlace de acuerdo con el calendario oficial.
  2. Con una antelación mínima de quince días hábiles respeto de la fecha en la que pretendan celebrar la boda, presentarán solicitud por escrito en el Registro General del Ayuntamiento, acompañada de la siguiente documentación:
  • certificación para casarse en el Ayuntamiento, expedida por el Registro Civil
  • justificante del pago de las tasas municipales
  • originales y fotocopias del DNI de los contrayentes y de dos testigos           

Si siete días antes de la fecha solicitada para la celebración del matrimonio los interesados no tienen presentada toda la documentación solicitada, se procederá al archivo del expediente.

Cuarto. Presidencia del acto

Los matrimonios se celebrarán ante la Alcaldesa o cualquier Concejal/a, de entre  los/las ediles electos/as del Ayuntamiento de Lugo, bien por solicitud de los contrayentes o por turno.

Quinto. Vehículos

Se les autoriza a acceder delante del Ayuntamiento,  durante la celebración de la ceremonia, a los dos coches de los contrayentes, y en el caso excepcional de asistencia de un invitado con movilidad reducida también se le autorizará el acceso. Para eso le solicitarán por escrito la correspondiente autorización a la Policía Local. En caso de entorpecer, los colocarán en el lateral.

Sexto. Prohibiciones

Dentro de la Casa del Ayuntamiento y en sus soportales no se podrán lanzar flores, pétalos u otros objetos habituales en este tipo de ceremonias.

En la medida de lo posible, se ruega que eviten tirar arroz u otros productos alimenticios.

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Cualquier duda sobre la tramitación del expediente llamar 982.297.194

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