CAMBIOS DE TITULARIDAD DE ACTIVIDADES (Comunicación previa/declaración responsable/licencia apertura)

Código: 
269
Presentación: 
Presencial
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¿Qué documentación hay que presentar?

1.-     DOCUMENTACIÓN GENÉRICA QUE TENDRÁ QUE SER PRESENTADA:

  • En la presentación física la instancia Modelo 269 y en la presentación telemática cumplimentar el procedimiento Y009.
  • Justificante de pago de los tributos municipales. Para realizar la correspondiente autoliquidación de los tributos deberá ponerse en contacto con el Servicio de Hacienda Local del Ayuntamiento, presencialmente o a través del correo electrónico aperturas@lugo.gal.
  • En el caso de actuar en representación, autorización escrita de la persona solicitante o copia de poder para representarla.
  • En el caso de que la actividad sea ejercida por una sociedad o comunidad de bienes, deberá presentarse copia de su constitución.

2.-     ACTIVIDADES INCLUÍDAS EN EL CATÁLOGO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS ABIERTO AL PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, aprobado por Decreto 124/2019, de 5 de septiembre.

Además de la documentación anteriormente citada, deberá aportarse:

  • Póliza de seguro de responsabilidad civil obligatorio, prevista en la normativa en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia, y el recibo de pago de las primas correspondientes al periodo del seguro en curso, o copia destas.
  • Documento acreditativo de la disponibilidad del establecimiento o espacio abierto al público en calidad de propietarios/as o arrendatarios/as o cualquier otro título jurídico.

¿Cómo cubrir la instancia/procedimiento?

  1. Si el interesado en este procedimiento es persona jurídica está obligada a iniciar el procedimiento electrónico Y009, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, cubriendo todos los campos (artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
  2. Deberán cubrirse todos los campos de la instancia y aportar la documentación que se requiera según el caso.
  3. La falta de datos en la instancia o de la preceptiva documentación, implicará la ineficacia de la comunicación por incompleta, si no se subsana la falta.