Código:
269
Presentación:
Presencial
Descarga
- Destinatario
¿Qué documentación hay que presentar?
1.- DOCUMENTACIÓN GENÉRICA QUE TENDRÁ QUE SER PRESENTADA:
- En la presentación física la instancia Modelo 269 y en la presentación telemática cumplimentar el procedimiento Y009.
- Justificante de pago de los tributos municipales. Para realizar la correspondiente autoliquidación de los tributos deberá ponerse en contacto con el Servicio de Hacienda Local del Ayuntamiento, presencialmente o a través del correo electrónico aperturas@lugo.gal.
- En el caso de actuar en representación, autorización escrita de la persona solicitante o copia de poder para representarla.
- En el caso de que la actividad sea ejercida por una sociedad o comunidad de bienes, deberá presentarse copia de su constitución.
2.- ACTIVIDADES INCLUÍDAS EN EL CATÁLOGO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS ABIERTO AL PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, aprobado por Decreto 124/2019, de 5 de septiembre.
Además de la documentación anteriormente citada, deberá aportarse:
- Póliza de seguro de responsabilidad civil obligatorio, prevista en la normativa en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia, y el recibo de pago de las primas correspondientes al periodo del seguro en curso, o copia destas.
- Documento acreditativo de la disponibilidad del establecimiento o espacio abierto al público en calidad de propietarios/as o arrendatarios/as o cualquier otro título jurídico.
¿Cómo cubrir la instancia/procedimiento?
- Si el interesado en este procedimiento es persona jurídica está obligada a iniciar el procedimiento electrónico Y009, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, cubriendo todos los campos (artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
- Deberán cubrirse todos los campos de la instancia y aportar la documentación que se requiera según el caso.
- La falta de datos en la instancia o de la preceptiva documentación, implicará la ineficacia de la comunicación por incompleta, si no se subsana la falta.

