Los informes municipales avalan con datos oficiales que el caudal mínimo del río en julio permitiría la instalación de la zona de baño pública

El Ayuntamiento de Lugo refuta con mediciones las objeciones alegadas por la Dirección General de Patrimonio Natural.

Los valores de la Estación foronómica del Miño descartan crecidas o sequías extraordinarias y la justificación técnica del proyecto afianza que ni 760 personas de 80 kg cada una, juntas sobre el pantalán, harían que la plataforma tocara el lecho.

Miguel Fernández cuestiona hacia donde sugiere la Xunta trasladar la dotación si, "según ella misma indica, todo el Miño a su paso por Lugo es área de alto valor ecológico y no contamos con ningún lago, presa o embalse a lo que se entiende, se ajustan mejor las piscinas flotantes, algo que ya conocía en 2019 cuando dio su beneplácito a la concesión".

Martes, 26 de julio de 2022
Fuente: 
Gabinete de Prensa
Los informes municipales avalan con datos oficiales que el caudal mínimo del río en julio permitiría la instalación de la zona de baño pública

El caudal del Miño, en la segunda ubicación propuesta por el Ayuntamiento de Lugo para poder habilitar este verano la zona de baño pública, era el día 6 de julio de 2,14 metros de máximo y de 1,65 m. de mínimo, lo que haría viable su apertura. Y lo más salientable: las desviaciones máximas esperadas en época de estiaje y, por tanto, en el período en el que estarían operativas las piscinas, serían de 0,03 y 0,04 metros (3 o 4 cm.).

Son algunos de los datos oficiales, acercados por el área de Medio Ambiente en el informe que viene de presentar ante la Confederación Hidrográfica para justificar técnicamente que el desplazamiento de la plataforma aguas arriba era acomodado a las consideraciones realizadas por la Xunta cuando esta le dio, en 2019, su beneplácito al permiso para instalar las piscinas en ese entorno.

El teniente de alcaldesa y portavoz municipal, Miguel Fernández, explicó que estas cifras fueron obtenidas de la Red Integrada de Estaciones de Aforo (SAIH - ROEA) -disponible para cualquier organismo o particular, de manera gratuita - tomando como referencia a Estación foronómica 1622 que sería la que correspondería para el ámbito en el que se plantea la actuación.

"Cifras, accesibles también, por tanto, para la Dirección General de Patrimonio Natural que, en cambio, no esgrime en su último informe sino a las que, más bien, alude en sentido contrario, asegurando que "los datos de calado y de la velocidad del agua definidos pueden diferir sustancialmente para el nuevo emplazamiento" e incluso que "los estudios de profundidad no garantizaban que en una sequía grande las piscinas no lleguen a tocar el fondo" cuando ya se documentaba que ni con 760 personas de 80 kg cada una, juntas sobre el pantalán, llegaría a darse esa posibilidad", recordó el concejal.

Fernández insistió, además, en otra de las suposiciones en las que se basó la Xunta para emitir su informe desfavorable a la modificación no sustancial del emplazamiento de la zona de baño: la existencia de caudales extraordinarios -que descartan los propios datos oficiales antes mencionados- y el desconocimiento del tiempo de desmontaje de las instalaciones, en caso de que existiera alguna opción de que esta tocara el lecho del río- que cómo se demostró es altamente improbable.

"Es decir, una hipótesis sobre otra hipótesis que, además, el Ayuntamiento de Lugo está en disposición de cumplir y resolver como así se le hizo saber ya en la documentación entregada para obtener la concesión, por lo que no cabe hacer revisionismo sobre resoluciones emitidas. Aun así, para tranquilidad del Servicio de Patrimonio Natural, podemos afirmar que si fuera necesario, en caso de emergencia la estructura podría retirarse en tan sólo 24 horas", señaló el teniente de alcaldesa.

El portavoz del Gobierno local dio cuenta, más allá, de que el informe enviado a la CHMS relata que, cuando la Xunta hace referencia a la presencia de mejillón de río, lo hace en la localización inicial, no en la que se solicitó la modificación.

"Es decir, no acerca datos de algún muestreo realizado por su servicio en ese nuevo emplazamiento, sino que, directamente, extrapola por aproximación los datos obtenidos por la empresa contratada por el adjudicatario de las piscinas flotantes, sin ninguna comprobación in situ y, en cambio no valora los estudios que Topysa llevó a cabo en la nueva zona propuesta y en los que refería que aguas arriba, la velocidad de las corrientes aumentaba y coincidía con una baja densidad de ejemplares, lo que indicaba procedente el desplazamiento de los pantalanes".

El área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Lugo se reafirma, igualmente, en que en la documentación gráfica entregada a la Confederación la nueva localización propuesta iba perfectamente referenciada y niega rotundamente las afirmaciones de la Dirección General de Patrimonio Natural al respecto a que no se habían tenido en cuenta sus recomendaciones.

"No sólo estamos refutando con datos y mediciones las objeciones que nos ponen la Xunta de Galicia, sino que además estamos siguiendo de manera escrupulosa el procedimiento establecido como ya se demostró cuando, antes de proceder a la colocación de los muros de hormigón en el lecho del río, realizamos primero los muestreos previos y como consecuencia de su resultado, retrasamos el montaje de la estructura", señaló Fernández.

"Decir que "el desplazamiento de 40 metros aguas arriba sigue siendo un área de alto valor ecológico para los mejillones de río" no puede sino sorprendernos por cuanto todo el Miño a su paso por Lugo puede considerarse como un área de alto valor ecológico para esta especie. Prueba de esto es que existen comunidades en tropel de zonas a lo largo del curso fluvial y que esta consideración ya la tenía en el momento en el que la Xunta emitió sus informes favorables (aunque condicionados) y en base a los que se resolvió concedernos el permiso", sentenció el portavoz municipal.

"Precisamente -concluyó Miguel Fernández -si "el Miño a su paso por Lugo puede considerarse un área de alto valor ecológico para el mejillón de río" y "las instalaciones de las piscinas flotantes son acomodadas en sistemas acuáticos leníticos (lagos, presas, embalses)", con los nuevos condicionantes del Servicio de Patrimonio Natural no sería posible instalar la zona de baño en una nueva localización sin realizar una modificación sustancial de la autorización concedida, ya que ni la ubicación inicial ni la propuesta en segundo lugar, se encuentran en un lago, ni en una presa, ni en un embalse, que, por otra parte, tampoco existen en todo el término municipal de Lugo lo que desenmascara por sí sola la voluntad colaborativa que, en este sentido, mostró la Xunta de Galicia", finalizó el edil.

Audio

  • El edil de Medio Ambiente, Miguel Fernández, sobre los datos de viabilidad de la Zona de Baño Pública | Descargar mp3

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