Las ayudas al alquiler del Ayuntamiento de Lugo para 2009 prestarán especial atención a las personas que se encuentren en situación de desempleo

Miércoles, 05 de agosto de 2009
Fuente: 
Gabinete de Prensa

* En 2008 beneficíaronse de la iniciativa un total de 68 familias
* La convocatoria se abrirá la mediados de agosto, una vez se publiquen las bases en el DOGA

La Concejal de Bienestar Social, Carmen Basadre, presentó hoy el programa de ayudas municipales para el alquiler de viviendas en el Ayuntamiento de Lugo. Se trata de un programa de ayudas económicas para financiar parcialmente el alquiler de vivienda destinada a domicilio habitual de las personas residentes en el tenérmelo municipal de Lugo. La convocatoria de 2009 presta especial atención a las personas que se encuentran en situación de desempleo, tal y como recogen las bases.

Personas que con posterioridad al 1 de enero de 2009 se encuentren en situación legal de desempleo, así como aquellas que con posterioridad al 1 de enero de 2009 dejaron de percibir prestación por desempleo, nivel asistencial y figuran inscritas en el INEM.

El Ayuntamiento de Lugo destina a este programa un total de 95.000 euros. En 2008 se beneficiaron del proyecto un total de 68 familias. Carmen Basadre destacó que más de la mitad de las ayudas concedidas fueron para el colectivo de inmigrantes y emigrantes retornados, el 56% del total de las ayudas concedidas. El 12% fue para jóvenes de entre 18 a 35 años, el 10% para pensionistas y el 22% restante se repartió entre los colectivos de familias monoparentales, discapacitados, mujeres víctimas de la violencia de género y personas con problemática de acceso a la vivienda por situaciones de ruptura familiar.

El programa para 2009 pretende facilitarles el acceso a la vivienda a las personas que se encuentren en una situación socioeconómica que les dificulte o imposibilite acceder al alquiler de una vivienda digna.

Tal y como explicó la Concejal de Bienestar Social, el programa se dirige a personas arrendatarias de viviendas, vivan solas o en familia, con contratos de alquileres vigentes en la fecha de presentación de la solicitud o compromiso de nuevo arrendamiento y que cumplan los requisitos fijados en las bases.

Los requisitos que figuran en las bases recogen que tendrán prioridad los colectivos de:

1. Pensionistas y personas beneficiarias de prestaciones sociales
2. Inmigrantes y emigrantes retornados siempre que la fecha de regreso se realice nos últimos dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la publicación de la presente convocatoria del Diario Oficial de Galicia.
3. Chicos y chicas con edades comprendidas entre los 18 y los 35 años de edad, ambos inclusive
4. Familias monoparentales con cargas familiares no compartidas
5. Personas discapacitadas con una minusvalía superior al 33%
6. Mujeres víctimas de violencia de género
7. Mujeres y hombres separados o divorciados con problemas de acceso a la vivienda derivada de la ruptura de la unión familiar
8. Personas mayores de 65 años que convivan con menores de 35 años, aunque no sean de una misma unidad familiar
9. Personas que con posterioridad al 1 de enero de 2009 se encuentren en situación legal de desempleo segundo el establecido en el artículo 208 del Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por lo que se apruebe el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social.
10. Personas que con posterioridad al 1 de enero de 2009 dejaron de percibir prestación por desempleo, nivel asistencial y figuran inscritas en el INEM

Los ingresos derivados de las rentas de capital de los solicitantes no podrán superar, en su conjunto, la cifra de 601 euros anuales. Asimismo, el coste de alquiler de la vivienda no podrá superar los 350 euros/mes.

Cómo solicitar la ayuda?
Los trámites para solicitar la ayuda se harán en Evislusa, pudiendo solicitar información los interesados en los centros sociales del Ayuntamiento de Lugo o en el teléfono de información municipal 010.

Las solicitudes, en modelo oficial, presentaránse en el registro de EVISLUSA o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común dentro de los 20 días naturales siguientes al del anuncio de la convocatoria en el DOGA.

El modelo de solicitud se podrá recoger en Evislusa en la calle Quiroga Ballesteros, así como en todos los centros de convivencia del Ayuntamiento de Lugo.

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