El encendido de las luces de Nadal en la Praza de Abastos y en el Mercado Municipal da comienzo a la campaña de Nadal

La Praza y el Mercado cuenta con más de 100.000 puntos de luz led repartidos por las dos instalaciones.

El Gobierno de Lugo renovó el servicio de enterramiento para personas con bajos recursos, que se presta de manera gratuita en los casos donde no se pueda hacer cargo de los servicios mínimos para el enterramiento de una persona.

Miércoles, 20 de noviembre de 2024
Fuente: 
Gabinete de Prensa
El encendido de las luces de Nadal en la Praza de Abastos y en el Mercado Municipal da comienzo a la campaña de Nadal

La concelleira de Participación y Servicios para el Vecindario, Cristina López, dio por comenzada la campaña de Nadal en la Praza de Abastos y en el Mercado Municipal de Quiroga Ballesteros con el encendido de las luces de Nadal de ambas instalaciones. Cristina López afirmó que "con el alumbrado de Nadal queremos invitar al vecindario de Lugo a que se acerque a la Praza de Abastos y al Mercado Municipal y que conozca los productos de primera calidad que se venden en estas dos instalaciones históricas".

El acto contó con la animación musical de la agrupación Claustromúsica y con una degustación de productos de los distintos puestos de la Praza.

La Praza y el Mercado cuentan en total con 57 elementos decorativos, 12 arcos de luces en el interior, 2 arcos en la entrada de la Praza y una imagen central a modo de photocall. En total, el alumbrado cuenta con 107.600 leds repartidos entre ambos instalaciones.

Servicios en el Cementerio Municipal

Cristina López anunció que el Gobierno de Lugo viene de prorrogar un año el servicio de enterramiento para personas con bajos recursos, que se presta de manera gratuita en los casos donde no se pueda hacer cargo de los servicios mínimos para el enterramiento de una persona. El Ayuntamiento presta, de manera gratuita, los trabajos de recogida del cadáver y traslado al cementerio, así como los medios materiales necesarios para la prestación de este servicio, en los casos de personas con bajos recursos.

Según la ordenanza reguladora, están exentos los servicios que se presten con ocasión de enterramientos de cadáveres cuando se trate de personas sin recursos, bien perceptores del salario social (RISGA), o bien de personas no integradas en los canales de ayuda social de las que, por su condición de transeúntes u otras circunstancias especiales, se desconozcan datos relativos a su situación económica y/o familiar. Estas circunstancias se deberán justificar en un informe social, además de los enterramientos que ordene la Autoridad Judicial en la sección de comunes del cementerio.

En estos casos, serán por cuenta del Ayuntamiento los gastos mínimos imprescindibles para poder efectuar el enterramiento, que podrán ser repercutidos a las personas interesadas que soliciten exhumación y traslado del cadáver para otra unidad de enterramiento o para otro cementerio antes de la finalización del plazo de 5 años estipulado legalmente para la apertura de la sepultura.

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