Registro electrónico

¿Qué es el Registro Electrónico?

El Registro electrónico del Ayuntamiento de Lugo se configura como un Registro Auxiliar del Registro General municipal de entrada y salida de documentos.

Su funcionamiento viene regulado por la Ley 11/2007, del 22 de junio, del acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios de la Administración, por la normativa general de aplicación y por el previsto en la Ordenanza de Administración electrónica del Ayuntamiento de Lugo.

Su utilización es voluntaria con relación la aquellos trámites, escritos o comunicaciones para los que se habilite.

¿Qué documentos se pueden presentar a través del Registro electrónico?

El Registro electrónico admitirá la presentación, por medios y canales electrónicos, de aquellas solicitudes, escritos y comunicaciones, que se remitan mediante firma electrónica reconocida, y el Ayuntamiento determine de conformidad con la normativa establecida.

¿Sustituye al Registro General?

No, convivirán ambos registros a fin de que se pueda hacer uso indistinto de los dos sistemas, presencial o electrónico.

¿Qué tramitaciones se pueden realizar a través del Registro electrónico?

Aquellas que se incluyan en la sección de trámites de la oficina virtual localizada en la carpeta ciudadana.

¿Se pueden presentar documentos para otras administraciones?

No, únicamente se podrán presentar los documentos que se incluyan en la sección de trámites de la oficina virtual localizada en la carpeta ciudadana.

¿Qué efectos produce la presentación de una solicitud, escrito o comunicación a través del Registro electrónico?

La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en el Registro electrónico del Ayuntamiento tendrá idénticos efectos que la efectuada a través del Registro presencial, así como cualquier otro método admitido en derecho.

¿Cómo se computan los plazos en las solicitudes presentadas a través del Registro electrónico?

Serán considerados días inhábiles para el registro electrónico y para las personas usuarias de este únicamente los así declarados para todo el territorio nacional en el calendario anual de días inhábiles, así como los declarados inhábiles en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia y en la ciudad de Lugo, como fiesta local. En la sede electrónica se publicará el calendario de los días inhábiles en el Ayuntamiento de Lugo.

Las entradas de solicitudes, escritos y comunicaciones recibidas en día inhábil para el registro electrónico se entenderán efectuadas en la primera hora del primer día hábil siguiente, a menos que una norma expresamente permita su remisión en días inhábiles. Para estos efectos, en el asiento de entrada se inscribirán como fecha y hora de presentación aquellas en las que se produjo efectivamente la recepción, constando como fecha y hora de entradas las cero horas y un segundo del primer día hábil siguiente.

Las solicitudes, escritos y comunicaciones se entenderán recibidas en el plazo establecido se se inicia su transmisión dentro del mismo día, siempre que dicha transmisión finalice con éxito, aunque sea el día siguiente.

En todo caso, la fecha efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el escrito, solicitud o comunicación.

¿Se pueden presentar documentos en días inhábiles?

Sí, la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en día inhábil, para el registro electrónico se entenderán efectuadas en la primera hora del primer día hábil siguiente, a menos que una norma expresamente permita su presentación en días inhábiles.

¿Se pueden presentar documentos durante las 24 horas del día?

Sí, las personas interesadas podrán presentar, en el Registro electrónico del Ayuntamiento de Lugo, durante las veinticuatro horas de todos los días del año, las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a los trámite previstos en el catálogo de procedimientos y trámites electrónicos recogido en el anexo I de esta ordenanza, así como los que se incorporen posteriormente a través de decreto organizativo de la Alcaldía.

¿Existen modelos normalizados de las solicitudes para presentar en el Registro electrónico?

Sí, en cada uno de los trámites y procedimientos que se puedan tramitar telemáticamente se facilitarán los modelos de formularios apropiados.

¿Tengo que identificarme para realizar un trámite a través del Registro electrónico?

Sí, para la presentación de documentos a través del Registro electrónico es obligatoria la identificación a través de alguno de los siguientes instrumentos:

  • Firma electrónica incorporada al DNI electrónico
  • El sistema de firma electrónica avanzada y reconocida de CA Camerfirma
  • Cualquier otro sistema de firma reconocida, siempre que no suponga un coste añadido para el Ayuntamiento
¿Se puede interrumpir el funcionamiento del Registro electrónico?

Únicamente, cuando concurran razones justificadas de mantenimiento técnico u operativo podrá interrumpirse, por el tiempo imprescindible, la recepción de solicitudes, escritos y comunicación, lo que deberá anunciarse a la ciudadanía con la antelación que, en su caso, resulte posible. En el supuesto de interrupción no planificada en el funcionamiento del Registro electrónico, y siempre que sea posible, la persona usuaria visualizará un mensaje en el que se le comunique tal circunstancia.

¿Cuáles son las garantías de la identidad del Ayuntamiento?

El Ayuntamiento se identifica mediante un sello de órgano y un código seguro de verificación vinculado a este que garantizará la autenticidad e integridad de los documentos administrativos a los que se incorpore.

¿Qué es un certificado digital?

Es un documento digital mediante el cual una Autoridad de Certificación acredita electrónicamente la autenticidad de la identidad de una persona física, jurídica u otro tipo de identidad.

Mediante el uso de este certificado, podemos probar nuestra identidad ante un tercero y también firmar electrónicamente los documentos.

¿Puedo utilizar cualquier navegador para realizar trámites a través del Registro electrónico?

En principio podrá utilizar Internet Explorer 5.5+ y Mozilla Firefox 2

¿Qué formato deben tener los archivos que se adjunten en las distintas tramitaciones?

Con carácter general, se podrán utilizar estándares abiertos y de uso generalizado por la ciudadanía.

En cada uno de los procedimientos administrativos que se incorporen a la tramitación electrónica se indicarán los formatos especiales.

En todo caso, el Registro electrónico rechazará aquellos documentos que contengan código malicioso o dispositivo susceptible de afectar a la integridad o seguridad del sistema.

¿Dónde puedo descargar los documentos que solicite?

En la zona personal localizada dentro de la carpeta ciudadana.

¿Qué es la Carpeta Ciudadana?

Es una zona del portal web desde la que se accede a la oficina virtual en la que se asienta la información sobre trámites y formularios.

Dentro de la carpeta ciudadana, existe una zona personal donde cada persona podrá obtener información particularizada sobre sanciones, recibos de impuestos y tasas, acceso a la situación de tramitación de expedientes electrónicos, etc.

¿Cómo puedo acceder a la zona privada de la carpeta ciudadana?

Para acceder a la zona privada de la carpeta ciudadana, es necesario estar previamente inscrito en el Registro de usuarios y usuarias del Ayuntamiento y además realizar una solicitud que podrá ser presentada a través del registro telemático o bien presencialmente

¿Qué tratamiento reciben los datos de carácter personal que sean precisos para tener la condición de usuario o usuaria?

Todos los datos de carácter personal que sea necesario recoger para posibilitar el acceso a los distintos niveles de información, pasarán a integrar el fichero de datos personales titularidad del Ayuntamiento que cuentan con el nivel de protección establecido en la normativa sobre protección de datos y están declarados ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Ordenanza de Administración electrónica del Ayuntamiento de Lugo