El Ayuntamiento ya cumple con la jurisprudencia del Constitucional y el Supremo sobre el impuesto de plusvalía cuando hay venta a pérdidas

La modificación de la ordenanza municipal a raíz de una sentencia del TSXG no supondrá ningún cambio sobre el procedimiento que ya se aplica con los administrados, pues, desde hace ya un año, la entidad local está admitiendo a trámite para su estudio todos los recursos con el fin de devolver el importe cuando haya depreciación de los bienes

Jueves, 24 de enero de 2019
Fuente: 
Gabinete de Prensa

Debido a una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG), el Ayuntamiento de Lugo modificará la ordenanza fiscal que regula el impuesto municipal sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana para adaptar los artículos relativos a las plusvalías cuando hay ventas a pérdidas. Sin embargo, la modificación de la redacción, en la que ya se trabaja, supondrá una formalidad a efectos del procedimiento que se aplica con el administrado porque el Ayuntamiento ya está estudiando desde hace un año todos los recursos que presentan los afectados contra el impuesto de plusvalías cuando consideran que no existe un aumento del valor del suelo desde que compraron la propiedad hasta su venta. Es decir, ya cumple con la jurisprudencia fijada poo Tribunal Constitucional y el Supremo.

Fue en julio del 2018 cuando el TS aclaró la sentencia del Constitucional y sostuvo que el ciudadano puede reclamar la plusvalía en los casos en los que los inmuebles habían sido vendidos a pérdidas y puedan demostrarlo. Es decir, si un inmueble se vendió a un precio superior a lo que se adquirió sí debe pagarse por la plusvalía obtenida.

De este modo, la sentencia del TSXG al respeto de la ordenanza lucense no anula las plusvalías, sino que sostiene que debe modificarse en la medida en la que se somete la tributación situaciones en las que no existe incremento de valor, ni tampoco declara inconstitucional la norma municipal, como asegura el PP, dado que el único organismo con capacidad para hacerlo sería el Tribunal Constitucional.

Modificación de la Ley estatal

El Ayuntamiento era consciente de la necesidad de cambiar la ordenanza, pero estaba a la espera de la adaptación de la Ley estatal de Haciendas Locales a la sentencia del Constitucional, ya que esta le trasladó al legislador la responsabilidad de configurar la nueva regulación legal que permita aclarar que supuestos quedan sometidos a la tributación por este concepto. No obstante, en esta espera, el Ayuntamiento ya comenzó a estudiar todos los recursos presentados por las plusvalías con el fin de devolver el importe cuando haya depreciaciones de los bienes, más de 180 hasta el momento.

En todo caso, mientras el legislativo no modifique la Ley de Haciendas Locales, como determinó el Constitucional en febrero del 2017 y como viene reclamando el municipalismo desde entonces, sigue habiendo un vacío legal, por lo que los ayuntamientos están aplicando distintos criterios al respeto.

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