El Ayuntamiento de Lugo permitirá la apertura de los locales de ocio nocturno en horario de tarde, dando así respuesta a la demanda de este sector

Podrán desarrollar aquella parte de su actividad puramente hostelera, como es la venta de bebidas y/o comidas, según proceda conforme a su licencia

Lara Méndez: "Con esta medida buscamos dar respuesta a una demanda que nos ha llegado de forma reiterada por parte de los empresarios de este sector, como ya se está aplicar en otras ciudades españolas"

El horario máximo de cierre quedará fijado en la 01:00 horas, no pudiendo admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas. No se permitirá el uso de pistas de baile o similares, ni el empleo de equipos de reproducción de música amplificada

Viernes, 02 de octubre de 2020
Fuente: 
Gabinete de Prensa
El Ayuntamiento de Lugo permitirá la apertura de los locales de ocio nocturno en horario de tarde, dando así respuesta a la demanda desde el sector

El Ayuntamiento de Lugo autorizará a los establecimientos de ocio nocturno el desarrollo de aquella parte de su actividad puramente hostelera, como es la venta de bebidas y comidas, en horario de tarde. Así lo avanzó este viernes la alcaldesa, Lara Méndez, quien explicó que "con esta medida buscamos dar respuesta a una demanda que nos ha llegado de forma reiterada por parte de los empresarios del sector, que se vieron obligados a cerrar las puertas de sus negocios el pasado 15 de agosto, tras la publicación de la orden por parte de la Xunta de Galicia".

La regidora explicó que se trata "de una medida que ya se está aplicando en otras ciudades españolas, con el objetivo de paliar las consecuencias económicas de la pandemia y evitar, de este modo, el cierre de establecimientos y la destrucción de puestos de trabajo vinculados al sector del ocio nocturno, uno de los más afectados por las nuevas restricciones".

Así, los establecimientos de ocio nocturno que cuenten con licencia municipal de actividad en vigor en las categorías de discoteca, pub y locales de ocio nocturno podrán continuar desarrollando aquella parte de su actividad de contenido puramente hostelero -entendido por tal, la venta y suministro de bebidas y/o comidas, según proceda conforme a la licencia ya concedida- sometiéndose a los límites, criterios y condiciones fijados para establecimientos de hostelería y restauración en general por la Consellería de Sanidad, impidiéndoseles, en todo caso, el desarrollo de la parte de la actividad que exceda de tal contenido.

El horario máximo de cierre quedará fijado en la 01:00 horas (el de apertura será el que corresponda conforme a la licencia que tenga concedida cada establecimiento), no pudiendo admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas, y no se permitirá el uso de pistas de baile o similares. Asimismo, quedará prohibida la utilización de los equipos de reproducción de música amplificada.

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  • La alcadelsa de Lugo, Lara Méndez, sobre el decreto del ocio nocturno | Descargar mp3

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