Registro municipal de asociaciones

El Ayuntamiento de Lugo apoya y fomenta el asociacionismo como medida de participación ciudadana, tal y como establece el artículo 2 del Reglamento de participación ciudadana como uno de los principios básicos.

¿Que es el Registro municipal de asociaciones?

El Registro municipal de asociaciones tiene por objeto permitirle al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en su territorio, facilitar las relaciones entre éstas y el Ayuntamiento, conocer sus fines y su representatividad para los efectos de posibilitar el fomento, el asociacionismo y la participación ciudadana bajo los criterios de objetividad, imparcialidad e igualdad.

En el Registro municipal de asociaciones pueden inscribirse todas aquellas entidades legalmente constituidas, de funcionamiento democrático y sin ánimo de lucro, con domicilio social en el ayuntamiento de Lugo y que desarrollen sus actividades en este ámbito geográfico y las asociaciones de ámbito supramunicipal que tengan sede en el término municipal de Lugo y que, por lo menos, tres de las personas asociadas estén empadronadas en el Ayuntamiento. Estas entidades se clasifican para los efectos de este registro y de la actuación municipal en: asociaciones de vecinas y vecinos, de carácter social, culturales, educativas, deportivas, de ocio y tiempo libre, profesionales y de actividades económicas.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Estatutos de la entidad (fotocopia y original para su cotejo)
  • DNI de las personas que ejercen la presidencia y la secretaría de la asociación (fotocopia y original para su cotejo)
  • Nº de inscripción en el Registro general de asociaciones
  • Datos identificativos de las personas que ocupan cargos directivos
  • Fotocopia del CIF de la entidad
  • Programa de actividades do ano en curso
  • Presupuesto del año en curso
  • Certificado del número de socias y socios, firmado por la persona que ejerce la secretaría de la asociación y con el visto y place de la persona que ejerce la presidencia

En el plazo de quince días desde la solicitud de inscripción, salvo que este se interrumpa por la necesidad de acercar documentación no incluida inicialmente, el Ayuntamiento le notificará a la asociación su número de inscripción, y se considerará de alta para todos los efectos.

Las asociaciones inscritas están obligadas a notificarle al Registro Municipal de Asociaciones toda modificación de sus datos dentro del mes siguiente al que se produzcan. Asimismo, deberán comunicarle en el mes de enero de cada año su presupuesto, programa de actividades y número de socios.El incumplimiento de los dichos deberes supondrá la apertura del correspondiente expediente, que podrá dar lugar a la baja de la asociación en el registro o a la no concesión de la subvención solicitada.

¿Dónde se presenta?

La solicitud de inscripción se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, situado en Ronda da Muralla, 197 de lunes a viernes en horario de 09:00 h a 14:00 h y sábados en la Plaza Mayor, de 10:00 h a 13:00 h. 

¿Dónde se tramita?

En la Oficina de Participación Ciudadana.

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