Segundo Plan Municipal de Ayudas Directas para la Reactivación Económica

Código: 
2º Plan - Reactivación Económica
Presentación: 
Online

Nota aclaratoria "Bases Ayudas 2º Plan de Reactivación Económica"

1º) BASE 5: Requisitos para ser persona o empresa beneficiaria

Las Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles sin personalidad jurídica propia, que lleven a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención, podrán solicitar estas ayudas, o bien como entidad (C.B./S.C.), o bien a título individual, los diferentes autónomos que la constituyen, debiéndose optar, por lo tanto, entre ambas alternativas. Todas las demás formas jurídicas, entre ellas Sociedades Limitadas, S.L.L., Cooperativas, etc., deberán solicitar las ayudas como personas jurídicas, no siendo posible su solicitud por el autónomo/s societario/s integrante/s de las mismas.

2º) BASE 4: Líneas de las ayudas (No acumulativas)

Las presentes líneas de ayudas están dirigidas a la obtención de una subvención única y exclusivamente por beneficiario, por lo que sólo podrá solicitarse una línea de ayudas por beneficiario (Línea A o Línea B), e independientemente del número de actividades económicas a desarrollar coincidentes con las recogidas en el ANEXO II (Listado de CNAE subvencionables). Lo anterior significa que las diferentes líneas de ayudas no son acumulativas en cuanto a las cuantías, ni tampoco lo son asimismo, dentro de cada línea por las diferentes actividades económicas a desarrollar.

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El ejecutivo de Lara Méndez lanza el segundo plan de ayudas directas municipales para la reactivación económica de Lugo para ayudar a los sectores más afectados por las restricciones sanitarias de la pandemia. El mismo da continuidad al Reanima, dotado de cinco millones de euros, que benefició a más de 3.300 empresarios y autónomos de la ciudad.

Las ayudas van dirigidas a autónomos, microempresas o pymes con domicilio fiscal en el Ayuntamiento de Lugo, y que figuren en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que establecen las bases de la programación:

Este segundo plan movilizará 1.060.000 euros, lo que supone el 1% del Presupuesto Municipal para este 2021.

Se establecen dos líneas de ayudas:

  • Línea A.- Ayudas a empresas que realicen actividades económicas obligadas al cierre temporal total, que recibirán una ayuda de 2.000 euros por beneficiario si tiene 5 o más trabajadores, y 1.500 euros se tiene menos de cinco.

En esta categoría entran hoteles y alojamientos similares (turísticos y otros de corta estancia, cámpings, etc.); establecimientos de hostelería y restauración; empresas vinculadas con las artes escénicas y sus auxiliares, las dedicadas a la creación artística y literaria,  gestión de salas de espectáculos, de actividades de museos y bibliotecas o instalaciones deportivas y gimnasios, entre otras.

  • Línea B.- Ayudas a empresas que realicen actividades económicas obligadas al cierre temporal parcial. La cuantía de esta línea, en la que se incluyen todo tipo de comercios y de agencias de viajes, principalmente, es de 1.000 € por beneficiario.

Las ayudas se entregarán por riguroso orden de entrada (fecha, hora, minuto y segundo) en el registro electrónico del Ayuntamiento, y tras la comprobación de la concurrencia en la persona o entidad solicitante de los requisitos señalados, hasta el agotamiento del crédito.

Plazo de presentación de solicitudes:

A PARTIR DEL MARTES, 20 DE ABRIL, desde las 09:00 horas. La presentación de la solicitud con antelación al día y hora señalados anteriormente no será tenida en cuenta.

Como presento la solicitud?

Obligatoriamente por medios electrónicos y única y exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Lugo (https://lugo.gal).

En la sede se encuentra disponible el formulario. Deberán cubrirse todos los campos establecidos cómo obligatorios. De lo contrario, la aplicación no procederá a tramitar y formalizar la solicitud.

Pasos a seguir:

  • Accede al formulario: https://www.lugo.gal/portal/tramites
  • En el apartado Servicios de la Sede, escoger la opción Catálogo de Procedimientos y, después, escoger el Procedimiento (A008 - Solicitud de ayuda).
  • Comprobar la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
  • Cubrir el formulario. Para una mayor simplificación, el Ayuntamiento sólo solicitará que se anexe obligatoriamente la certificación bancaria de la titularidad de la cuenta designada por el solicitante para el posterior pago de la subvención. Si no se adjunta, la aplicación informática no procederá a tramitar y formalizar la solicitud.

Una vez agotado el crédito disponible, se publicará en el tablón electrónico del Ayuntamiento de Lugo una nota informando de esta situación, a los efectos de que no se presenten más solicitudes.

El abono de estas subvenciones se realizará en un pago único por la totalidad del importe concedido, mediante transferencia bancaria, a partir de la fecha de la resolución de concesión.

Consulta la siguiente documentación: