Licencia para la ejecución de zanjas para la acometida o reparación de servicios, en las vías o espacios públicos

Código: 
267
Presentación: 
Presencial
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La realización de zanjas para acometida o reparación de servicios en el espacio o vía pública requerirá previa autorización municipal, salvo que, por la entidad de la obra, se necesite la redacción e aprobación de un proyecto de urbanización o de obras ordinarias.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • En la presentación física la instancia Modelo 267 y en la presentación telemática cumplimentar el procedimiento Y015.
  • Justificante de pago de los tributos municipales. Para realizar la correspondiente autoliquidación de los tributos deberá ponerse en contacto con el Servicio de Hacienda Local del Ayuntamiento, presencialmente o a través del correo electrónico tasasobras@lugo.gal.
  • Acreditación, si es el caso, de la representación cuando se actúe en nombre de otra persona física o jurídica.
  • Memoria y esbozo acotado de las obras, así como cualquier otra documentación que estimen necesaria los servicios técnicos municipalesy permita definir la actuación a realizar.
  • Plano de situación de la obra referido a la cartografía del planeamiento municipal. Podrá ser solicitado a la Oficina de Topografía del Servicio Municipal de Ingeniería, indicando la referencia catastral del bien afectado, presencialmente o en la dirección de correo electrónico planosdesituacion@lugo.gal.
  • Presupuesto de ejecución material de la actuación.
  • Con carácter previo a su autorización, se presentará garantía en la cuantía señalada por los Servicios técnicos de Ingeniería, para responder de la correcta ejecución de las obras de mantenimiento y reposición de los servicios.
  • Fotografías en color de la zona de actuación, señalando el trazado de la intervención.
  • En el caso de que la intervención se refiera a los servicios de agua y saneamiento, deberá incorporarse la autorización municipal de la acometida, si fuese preciso.
  • Cuando la intervención requiera autorizaciones o informes sectoriales, estos deberán ser incorporados con la solicitud, manifestando que dispone de todos ellos.
  • Si fuese necesario, se presentará estudio de seguridad y salud frente a terceros y señalización vial.

¿Cómo cubrir la instancia/procedimiento?

  1. Si el interesado en este procedimiento es persona jurídica está obligada a iniciar el procedimiento electrónico Y015, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, cubriendo todos los campos (artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
  2. Deberán cubrirse todos los campos de la instancia y aportar la documentación que se requiera según el caso.
  3. La falta de datos en la instancia o de la preceptiva documentación, supondrá el desistimiento de la solicitud si no subsana la falta.
  4. Con carácter previo al otorgamiento de la autorización se constituirá garantía en cuantía suficiente para asegurar la correcta reposición del firme y ejecución de obras, pudiendo ser realizada mediante aval o depósito.
  5. La realización de zanjas para acometida o reparación de servicios en el espacio o vía pública requerirá previa autorización municipal, salvo que, por la entidad de la obra, se necesite la redacción y aprobación de un proyecto de urbanización o de obras ordinarias.
  6. Cuando la intervención se realice en zona de protección arqueológica y esta suponga una remoción de tierras que puedan alterar el subsuelo o sustrato arqueológico, el Servicio Municipal de Arqueología decidirá sobre la conveniencia o no, de la realización de algún tipo de intervención arqueológica y la naturaleza de la misma. Para obtener información al respecto, el/la interesado/a podrá ponerse en contacto con el Servicio de Arqueología.