Código:
267
Presentación:
Presencial
Descarga
- Destinatario
La realización de zanjas para acometida o reparación de servicios en el espacio o vía pública requerirá previa autorización municipal, salvo que, por la entidad de la obra, se necesite la redacción e aprobación de un proyecto de urbanización o de obras ordinarias.
¿Qué documentación hay que presentar?
- En la presentación física la instancia Modelo 267 y en la presentación telemática cumplimentar el procedimiento Y015.
- Justificante de pago de los tributos municipales. Para realizar la correspondiente autoliquidación de los tributos deberá ponerse en contacto con el Servicio de Hacienda Local del Ayuntamiento, presencialmente o a través del correo electrónico tasasobras@lugo.gal.
- Acreditación, si es el caso, de la representación cuando se actúe en nombre de otra persona física o jurídica.
- Memoria y esbozo acotado de las obras, así como cualquier otra documentación que estimen necesaria los servicios técnicos municipalesy permita definir la actuación a realizar.
- Plano de situación de la obra referido a la cartografía del planeamiento municipal. Podrá ser solicitado a la Oficina de Topografía del Servicio Municipal de Ingeniería, indicando la referencia catastral del bien afectado, presencialmente o en la dirección de correo electrónico planosdesituacion@lugo.gal.
- Presupuesto de ejecución material de la actuación.
- Con carácter previo a su autorización, se presentará garantía en la cuantía señalada por los Servicios técnicos de Ingeniería, para responder de la correcta ejecución de las obras de mantenimiento y reposición de los servicios.
- Fotografías en color de la zona de actuación, señalando el trazado de la intervención.
- En el caso de que la intervención se refiera a los servicios de agua y saneamiento, deberá incorporarse la autorización municipal de la acometida, si fuese preciso.
- Cuando la intervención requiera autorizaciones o informes sectoriales, estos deberán ser incorporados con la solicitud, manifestando que dispone de todos ellos.
- Si fuese necesario, se presentará estudio de seguridad y salud frente a terceros y señalización vial.
¿Cómo cubrir la instancia/procedimiento?
- Si el interesado en este procedimiento es persona jurídica está obligada a iniciar el procedimiento electrónico Y015, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, cubriendo todos los campos (artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
- Deberán cubrirse todos los campos de la instancia y aportar la documentación que se requiera según el caso.
- La falta de datos en la instancia o de la preceptiva documentación, supondrá el desistimiento de la solicitud si no subsana la falta.
- Con carácter previo al otorgamiento de la autorización se constituirá garantía en cuantía suficiente para asegurar la correcta reposición del firme y ejecución de obras, pudiendo ser realizada mediante aval o depósito.
- La realización de zanjas para acometida o reparación de servicios en el espacio o vía pública requerirá previa autorización municipal, salvo que, por la entidad de la obra, se necesite la redacción y aprobación de un proyecto de urbanización o de obras ordinarias.
- Cuando la intervención se realice en zona de protección arqueológica y esta suponga una remoción de tierras que puedan alterar el subsuelo o sustrato arqueológico, el Servicio Municipal de Arqueología decidirá sobre la conveniencia o no, de la realización de algún tipo de intervención arqueológica y la naturaleza de la misma. Para obtener información al respecto, el/la interesado/a podrá ponerse en contacto con el Servicio de Arqueología.