La Justicia avala el embargo hecho por el Concello de Lugo a la Xunta de Galicia tras el impago de la deuda del IGVS

El TSXG confirma la sentencia del Juzgado del Contencioso de Lugo y vuelve a imponerle a la Xunta el pago de las costas judiciales

El Concello de Lugo ha embargado un inmueble del IGVS que llegó a adeudarle más de 210.000 euros a las arcas municipales 

Miércoles, 10 de junio de 2015
Fuente: 
Gabinete de Prensa

El Concello de Lugo acaba de recibir la notificación de una nueva sentencia favorable en el litigio con la Xunta de Galicia por la deuda acumulada con las arcas municipales por el Instituto Gallego de la Vivienda y Solo por el impago del Impuesto de Bienes Inmuebles.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia acaba de confirmar la sentencia del Juzgado del Contencioso Administrativo número 1 de Lugo que, en diciembre del año pasado, había rechazado admitir a trámite un recurso presentado por la Xunta contra el embargo de un inmueble del IGVS dictado por el Concello de Lugo ante la cuantiosa deuda contraída con las arcas municipales por su negativa reiterada a pagar el IBI.

La sentencia del TSXG se produce como consecuencia del recurso de apelación interpuesto por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo y, en ella, no solo se ratifica el fallo del Juzgado del Contencioso sino que también se le vuelve a imponer al pago de las costas judiciales que se fijan en este caso en una cuantía de 1.000 euros.

La Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirmó la sentencia del Juzgado de Lugo, que ni seguirá aceptó estudiar la reclamación de la Xunta contra el embargo y desechó la admisión a trámite del recurso porque laXunta saltó los pasos preceptivos y plantexou el recurso contencioso sin haber hecho previamente la obligada reclamación económico-administrativa delante del Concello.

El Alto Tribunal gallego le da la razón al Concello y desmonta las tesis de la Xunta de Galicia. Así el TSXG sostiene en la sentencia que "el IGVS al impugnar la diligencia de embargo actúa Administración invertida de poder ante otra Administración pública, sino como sujeto pasivo y contribuyente", por el que declara que "el IGVS no quedaba exonerado de la interposición de los recursos administrativos que habían estado previstos por el Ordenamiento jurídico contra el acto administrativo, como era en este caso la interposición de reclamación económico-administrativa ante el Tribunal económico-administrativo municipal de Lugo, tal como se le advertía expresamente en el acuerdo de la Tesourería do Concello de Lugo al resolver el recurso de reposición interpuesto por el IGVS contra la diligencia de embargo litigiosa.".

La deuda que contrajo el Instituto Gallego de la Vivienda y Solo con el Concello de Lugo por el IGVS llegó a ascender al importe de 210.637 euros en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles, principalmente, y ante la negativa de la Xunta a pagar a pesar de los requerimientos hechos oficialmente e incluso denunciando la situación delante de la opinión pública a través de los medios de comunicación, el Concello procedió al embargo de un inmueble del IGVS situado en la calle del Miño, número 27.

El embargo de esta propiedad del IGVS fue lo que originó el pleito que se finaliza ahora con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia contra la cual no cabe recurso ordinario alguno.

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