Las sentencias sobre la tramitación municipal de las multas Covid avalan la oposición del Gobierno Local de Lugo a las exigencias de la Xunta

El portavoz del Ejecutivo recordó que el Ayuntamiento advirtió desde el primer momento de una derivación impropia de competencias por parte del ente gallego.

Miguel Fernández aclara que, en el período al que afectan a los dictámenes, sólo se presentaron una docena de recursos al millar de sanciones gestionadas.

"Además de tener que asumir unas tareas que no nos correspondían, ahora deberemos cargar también con los costes procesales de los recursos", lamentó el portavoz.

Jueves, 10 de febrero de 2022
Fuente: 
Gabinete de Prensa
Las sentencias sobre la tramitación municipal de las multas Covid avalan la oposición del Gobierno Local de Lugo a las exigencias de la Xunta

El Gobierno local se pronunció esta mañana sobre la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Lugo al respeto de la gestión municipal de las sanciones Covid cursadas con anterioridad a la modificación de la Ley 8/2021, de 25 de febrero, para reafirmarse en el posicionamiento que, desde el primer momento, el Ejecutivo de Lara Méndez sostuvo sobre la falta de competencias de los Ayuntamientos para actuar en esta materia.

"Un aspecto que le trasladamos a la propia Xunta, ya en diciembre de 2020, cuando le remitimos el informe con las actas levantadas por la Policía Local (558) hasta ese momento por infracciones a la Ley de Salud de Galicia, advirtiéndole que pese a estar habilitando un dispositivo para tramitarlas, como no se concordaba con el dictamen emitido por el Consejo Consultivo, al entender que la titularidad era autonómica como así lo entendía también la Asesoría Jurídica municipal", recordó el teniente de alcaldesa, Miguel Fernández.

"Esta sentencia viene a refrendar que nuestro criterio era acertado, en consonancia con el de la Abogacía del Estado, y que la determinación de la Xunta no era más que una derivación indebida de funciones, una nueva muestra de su empeño por delegar en las Administraciones locales cada vez más deberes pero sin aportar ningún tipo de recurso para que podamos asumirlas", afeó el también portavoz municipal.

De hecho, Fernández recordó que, para poder abordar la tramitación de estas sanciones, el Ayuntamiento tuvo que modificar, en febrero de 2021, el contrato en vigor para incrementar el cometido de la empresa que presta colaboración en la gestión administrativa y recaudación de multas, ante la insuficiencia de hacerlo con medios técnicos y recursos humanos propios, lo que le está suponiendo un coste anual de 58.080 euros a razón de 40 € (sin IVA) por cada boletín/acta tramitado.

"La propia magistrada deja constancia de los defectos que tuvieron las pretensiones de la Xunta, fundamentándolas, primero, en que el marco normativo que regía no las contemplaba, y, luego - y precisamente para corregirlo - en la modificación que hubo que realizar a la Ley 8/2021 de 25 de febrero para favorecer su encaje jurídico", añadió el portavoz local.

Miguel Fernández matizó, asimismo, que los recursos admitidos hasta el momento no cuestionan, en ningún caso, la potestad de las Policías Locales para imponer a dichas sanciones, "sino que lo que verdaderamente ponen en tenerla de juicio es la interpretación forzada que se le atribuyó a las y a los alcaldes en relación al cumplimiento de las medidas de prevención aprobadas para la lucha contra la COVID, cuando la reglamentación que estaba en vigor en ese rato, delimitaba a la perfección cuáles eran las competencias de los Ayuntamientos - y que tantas veces defendemos - en esa materia".

El teniente de alcaldesa refirió, al otro lado, que "desde que Gobierno gallego tomó el mando del control de la propagación de la pandemia - el 12 de junio de 2020 - y hasta febrero de 2021, que fue modificada la ley, la Policía Local detectó alrededor de un millar de incumplimientos a las restricciones establecidas en el marco de la crisis sanitaria. De todas ellas, sólo se registraron en torno la de una docena de recursos " sobre los que cabe pensar que la sentencia conocida sentará precedente " sin que exista, hasta el momento, posibilidad legal para el resto de multas tramitadas de presentar alegatos de forma extemporánea".

"Atendiendo la este factor, el recorrido económico del dictamen será, por tanto, escaso si bien, no podemos olvidar que a los Ayuntamientos actuar con responsabilidad y someternos a las consideraciones del Consejo Consultivo nos ocasionará, además, tener que repercutirle a las arcas muncipais los gastos derivados de las costas procesales. Flaco favor nos hizo a la Xunta a las administraciones más próximas a la ciudadanía", concluyó Miguel Fernández.

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