El Pleno aprueba, por unanimidad, la Ordenanza de Tala y Saca de Madera con la que Medio Rural regulará la actividad extractiva forestal en el municipio

La normativa recoge, entre otros aspectos, los deberes y prohibiciones para el sector, el depósito de garantías para cubrir los posibles daños así como la tipificación de las infracciones y las sanciones a aplicar

Jueves, 30 de enero de 2020
Fuente: 
Gabinete de Prensa
El Pleno aprueba, por unanimidad, la Ordenanza de Tala y Saca de Madera con la que Medio Rural regulará la actividad extractiva forestal en el municipio

La Ordenanza de Tala y Saca de la Madera resultó aprobada inicialmente esta mañana por unanimidad de la Corporación en el transcurso del Pleno Municipal de enero, después de que el equipo de gobierno incorporara al texto las enmiendas presentadas por los grupos de la oposición.

 De esta forma, Lugo dispondrá ya en el primer semestre de 2020 de una normativa específica para poder velar por la protección y conservación de las vías públicas municipales, en relación con las operaciones forestales de tala, saca, depósito y transporte de madera.

En el propio documento se hace constar la necesidad de compatibilizar el aprovechamiento forestal con la conservación de las dotaciones públicas, la preservación de en medio y la protección del paisaje ante la importancia que tiene el sector forestal extractivo y el incidente de esta actividad en el término municipal.

De este modo, el nuevo marco legal servirá para regular dicha actividad no considerada de autoconsumo, estableciendo un procedimiento de autorización, los deberes y prohibiciones para las personas responsables, el depósito de garantías que cubran los posibles daños así como la tipificación de las infracciones y sanciones a aplicar.

"Según la Ordenanza, a partir de su entrada en vigor, para realizar tareas de tala y saca de madera en terrenos con plantaciones forestales pertenecientes al municipio, será obligatorio presentar en el registro una solicitud de autorización por escrito, con 15 días hábiles de antelación a la fecha prevista para el inicio de los trabajos. Una petición en la que deberán figurar, entre otros datos, la identificación del titular y la catastral  de las fincas o montes afectados, los lugares escogidos para el depósito de la madera a la espera de su carga, los caminos a emplear en las operaciones de saca y transporte de la misma y el listado de los vehículos y maquinaria a utilizar en el operativo, además de un reportaje fotográfico del estado de los viais públicos que se usarán y una copia de la póliza a fe que de responsabilidad civil en vigor", explicó Miguel Fernández.

El responsable de Medio Rural indicó también que la administración dará contestación, favorable o desfavorable, en un plazo máximo de 15 días y, transcurrido ese período sin notificar, la autorización se considerará concedida.

En cuanto a los deberes de las madereras, estas pasan por limpiar, retirar o eliminar todos los restos forestales procedentes de la tala y saca y de las operaciones de carga y almacenamiento, del mismo modo que las pistas, caminos o espacios públicos queden en el mismo estado que tenían inicialmente.

"Además deberán tratar los restos forestales en las parcelas objeto del aprovechamiento para minimizar el riesgo de incendios, dando prioridad a los tratamientos que supongan la incorporación de estos al ciclo productivo forestal o al aprovechamiento de la biomasa forestal  (pellets, leña, etc.), así como retirar todos los desechos no vegetales para los lugares autorizados y reponer al estado anterior los accesos y cuestas abiertas para facilitar la entrada a los predios o montes. Igualmente tendrán que señalizar las zonas de la realización de los trabajos y las de acopio y responder de los daños ocasionados en todo tipo de instalaciones e infraestructuras, como consecuencia de la realización de las actividades de tala la saca de la madera así como comunicar la finalización de los trabajos", añadió el concejal.

Fernández también refirió que quedará prohibido iniciar las labores sin contar con los permisos sectoriales corresponsales, usar las vías y áreas públicas como lugar de depósito de madera y realizar movimientos de tierra que, por sus características, requieran previa autorización.

"Igualmente las empresas deberán depositar una fianza o garantía en metálico o un aval bancario a favor del Ayuntamiento por cada operación de tala y saca con el objeto de responder de los posibles daños y perjuicios causados, y no reparados,  debido a la actividad. Así, por tonelada de madera extraída pagarán 0,50€; por la utilización de vías públicas con firme de tierra, zahorra o semejante 500€/Km y 1000€/km por las de hormigón, asfalto o aglomerado, además de 800€/km cuando existan puentes, pontellas y demás elementos de la infraestructura vial. Esta garantía deberá depositarse en la Tesorería y, en el caso de las empresas que dentro del territorio municipal vayan a realizar numerosas talas a lo largo del ejercicio, podrán depositar una única fianza anual por valor de 10.000 euros. El incumplimiento de este requisito puede dar lugar a que la administración suspenda los trabajos", subrayó el edil.

Eso sí, toda vez hayan concluido, la empresa podrá solicitar la devolución de la garantía que se efectuará en un plazo de un mes, previo informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales que comprobarán el estado de conservación y limpieza de las vías y espacios de dominio público local.

Miguel Fernández trasladó también que la nueva reglamentación tipifica las infracciones, "considerándose grave o muy grave realizar cualquier actividad relacionada con la tala y saca de madera sin permiso, sin previo depósito de la garantía, o no realizar los trabajos necesarios para que las carreteras utilizadas se mantengan y queden en perfecto estado, etc... Cuestiones, todas ellas, que podrán ser sancionadas con multas de hasta 300 euros se se consideran leves, de entre 300,01€ y 1.000€ si se califican como graves o, si son muy graves, con una cuantía que puede oscilar entre los 1000,01€ y los 3.000€, concluyó.

Tras ser validada hoy, de forma inicial, por la Corporación, se abrirá un plazo de audiencia, no inferior a 30 días, para que las personas interesadas puedan presentar reclamaciones o sugerencias y, una vez resueltas, la Ordenanza deberá volver al Pleno para su aprobación defintiva. Luego de su publicación en el BOP, entrará en vigor.

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  • El edil Miguel Fernández, sobre el pleno municipal | Descargar mp3

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