El Ayuntamiento de Lugo abre el plazo para la 10ª fase de rehabilitación de viviendas del Casco Histórico

Lunes, 17 de agosto de 2009
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Gabinete de Prensa

La Delegada de Urbanismo, María Novo, dio cuenta esta mañana de la convocatoria de la 10ª fase de las ayudas a la rehabilitación de viviendas en el casco histórico de Lugo que comenzó el pasado viernes 14 de julio y permanecerá abierta hasta el próximo 14 de octubre. La gestión de las ayudas correrá al cargo de la empresa municipal EVISLUSA.

Tal y como destacó María Novo, la continuidad de esta línea de ayudas acredita la apuesta del Gobierno Local por la rehabilitación, así como la importante respuesta de los ciudadanos con esta medida. La Delegada de Urbanismo subraya la importancia que en urbanismo tiene el mantenimiento del patrimonio construido. “Es cierto que tenemos que crecer y planificar nuevas actuaciones pero también es muy importante mantener el patrimonio construido, máxime en una ciudad como nuestra que tiene una riqueza patrimonial tan significativa”, destacó.

Desde la puesta en marcha de esta línea de ayudas a la rehabilitación de viviendas del centro histórico se han beneficiado de la subvención 350 viviendas, aunque los datos se pueden duplicar, tal y como explicó María Novo, puesto que muchas de las peticiones de ayuda no alcanzan las cuantías máximas siendo estas distribuidas a otras viviendas. Las ayudas de este año beneficiarán a 50 viviendas o edificios.

Entre las novedades que recoge la convocatoria de este año, María Nuevo se refirió a la incorporación de la ITE en las bases de las ayudas. Así, los edificios que pretendan hacer obras de rehabilitación y no tengan pasada la Inspección Técnica de Edificios no podrán recibir subvención.

Rehabilitación de edificios o de viviendas
Para poder optar a la subvención, las viviendas rehabilitadas deberán destinarse a residencia habitual y permanente del propietario o al alquiler. Existen dos modalidad de rehabilitación: de edificios y rehabilitación de viviendas.

En el caso de los edificios serán subvencionables las actuaciones en los elementos comunes de las edificaciones tales como la adecuación del acceso para las personas con discapacidad, adecuación a las condiciones de protección frente a incendios, adecuación a las condiciones de ornato y salubridad, estanqueidad frente a la lluvia, aseguramiento estructural, adecuación de evacuación de agua de lluvia y saneamiento y adecuación de los sistemas de ahorro energético.

En el caso de las viviendas serán subvencionables las siguientes actuaciones: accesibilidad de personas con discapacidad; existencia y correcto funcionamiento de servicios sanitarios y cocinas; existencia y correcto funcionamiento de instalaciones eléctricas; existencia y correcto funcionamiento de instalaciones de saneamiento y fontanería; existencia y correcto funcionamiento de sistema de calefacción; existencia y correcto funcionamiento de extracción de humos y ventilación; aislamiento térmico; aislamiento acústico, adecuación distribución de espacios interiores; iluminados y ventilados, y sistemas de ahorro energético.

Para la concesión de las ayudas económicas tendrán preferencia en primero lugar los edificios catalogados sobre los no catalogados, según el siguiente orden: primero los situados en la zona del Burgo Medieval, seguidos por los situados en la zona del Ensanche decimonónico y los de la zona del ensanche reciente. A continuación irán los no catalogados.

Cuantía de la subvención
La ayuda económica podrá alcanzar un importe máximo del 80 por 100 del presupuesto protegido de las obras de rehabilitación de edificios y viviendas, con una cuantía máxima por vivienda subvencionada de 11.000 euros. Las ayudas son compatibles con otras de la Administración Local o de otras Administraciones.

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